El Estado venezolano desestima recomendaciones de los sistemas de derechos humanos sobre personas LGBTI
26 de junio de 2022
Por Quiteria Franco
El pasado 9 de junio de este 2022, se publicó el informe final con las observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado venezolano durante el Tercer ciclo del Examen Periódico Universal.
Luego de analizar detenidamente las 328 recomendaciones recibidas en el diálogo interactivo ante el Grupo de Trabajo del EPU en enero de este mismo año, la República Bolivariana de Venezuela expresa que 221 recomendaciones cuentan con el apoyo del Estado venezolano porque ya fueron implementadas, se encuentran en fase de implementación o serán implementadas. Igualmente, Venezuela toma nota de 48 recomendaciones, considerando que la forma en que están redactadas impide asegurar su implementación por el momento. Un total de 59 recomendaciones no cuentan con el apoyo del Estado por sesgadas, confusas, políticamente motivadas, elaboradas sobre bases falsas y contrarias al espíritu de cooperación y respeto que debe prevalecer en el EPU. Adicionalmente, Venezuela asume 12 compromisos voluntarios.
Como se recordara, el Estado venezolano recibió varias recomendaciones relacionadas con el derecho a la igualdad y el derecho a la no discriminación, en una nota anterior titulada Recomiendan a Venezuela prevenir todas las formas de discriminación[1], hicimos referencias a las mismas, que mencionamos nuevamente acá:
Bahamas: Investigar las denuncias de discriminación en el acceso a la asistencia alimentaria y otros programas de protección social, garantizar la igualdad de acceso a dichos programas y hacer transparentes los criterios utilizados para determinar la elegibilidad
Cuba: Continuar implementando políticas públicas para garantizar la igualdad de género y los derechos de las comunidades LGBTIQ.
India: Continuar tomando medidas para combatir todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad
Islandia:
1) Prevenir todas las formas de discriminación de orientación sexual, identidad de género, expresión y características sexuales.
2) Permitir el matrimonio igualitario modificando la Constitución, el Código Civil y el Código Orgánico de Registro Civil.
Italia: Combatir todas las formas de violencia de género y discriminación.
Nepal: Continuar las medidas para promover la igualdad de género y contrarrestar todas las formas de discriminación
Sri Lanka: Continuar implementando políticas nacionales para fortalecer la igualdad y la no discriminación, particularmente de los grupos más vulnerables.
En su respuesta, el Estado venezolano informó que toma nota de la recomendación de Islandia en relación a “Permitir el matrimonio igualitario modificando la Constitución, el Código Civil y el Código Orgánico de Registro Civil”. Tomar nota significa, de alguna manera, no aceptar las recomendaciones.
No es la primera vez que el Estado Venezolano solo “toma nota” de las recomendaciones relacionados con personas LGBTI, y además que desestima llevar a cabo acciones concretas en este sentido.
Ya en 2011 y 2016, tomo nota de las recomendaciones de los estados y en este tercer ciclo responde de la misma manera.
Primer y segundo ciclo del EPU
Vale la pena recordar que desde el Primer ciclo del Examen Periódico Universal Venezuela ha recibido recomendaciones sobre el derecho a la igualdad y el derecho a la no discriminación, y en particular sobre personas LGBTI que el Estado venezolano no ha cumplido.
En el Primer Ciclo, Venezuela acepto la recomendación 94.11 de Canadá: que estaba dirigida a “consolidar, tanto en la ley como en la práctica, los derechos de personas con orientación sexual e identidad de género diferentes el Estado venezolano. A pesar de haber aceptado la recomendación no llevó a cabo acciones concretas para lograr la inclusión legal y social de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
Para el segundo Ciclo en 2016, el Estado venezolano recibió y aceptó las recomendaciones referentes al tema B31, identificadas de la siguiente manera:a) Sudáfrica: intensificar las medidas para garantizar el derecho a la igualdad y a la no-discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y/o expresión de género (133.102); b) Israel: impedir la discriminación por orientación sexual o identidad de género, asegurando la igualdad de trato, sobre todo en las escuelas, servicios de salud y fuerzas armadas (133.108); c) Israel: adoptar medidas para asegurar que las personas puedan modificar el sexo reconocido legalmente sin necesidad de recurrir a cirugía de cambio de sexo (133.112); d) España: tomar medidas como la despenalización de las relaciones homosexuales en las fuerzas armadas y de seguridad, el reconocimiento de parejas del mismo sexo y el derecho al cambio de identidad de las personas transgénero (133.113) e) Timor Leste: Intensificar los esfuerzos encaminados a prevenir todas las formas de discriminación. (133.101). f) Tailandia: Seguir combatiendo todas las formas de discriminación y promoviendo la igualdad de género. (133.104).
Adicionalmente, de manera voluntaria, el Estado venezolano se comprometió a “adoptar instrumentos normativos y mecanismos especializados para garantizar la igualdad y no discriminación por orientación sexual identidad de género o expresión de género”, pero no se han cumplido.
Quiteria Franco, Coordinadora de Unión Afirmativa mencionó que “Tan solo con un repaso histórico sobre todas las recomendaciones recibidas por el Estado venezolano desde el primer ciclo, y una revisión de las medidas (no) implementadas, se puede verificar el incumplimiento del Estado venezolano en relación al derecho de la igualdad y la no discriminación y, en particular, con las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en el país. El Estado recibe las recomendaciones, toma nota, adopta compromisos voluntarios y no hay cumplimiento ni de las recomendaciones ni los compromisos voluntarios”.
Igualmente, recordó que “en Venezuela aun no contamos con una Ley amplia e integral que incluya todos los tipos de discriminación y establezca los delitos y las sanciones según el caso. Tampoco se permite el matrimonio entre personas del mismo sexo y no se permite el cambio de nombre y genero a las personas trans e intersex.”
Es de destacar, además que el Estado venezolano tampoco toma en consideración las recomendaciones emanadas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH ni de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En septiembre de 2021, la CIDH exhorto al Estado venezolano a derogar el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, [2] que aun penaliza las relaciones entre adultos del mismo sexo en las Fuerzas Armadas con expulsión y cárcel hasta tres años. En octubre de 2021, la asamblea Nacional de 2020, reformo dicho Código y el articulo no fue derogado ni tampoco sufrió ningún tipo de modificación.
Franco recuerda además que estos no son las únicas recomendaciones ignoradas por el estado, también las de la CEDAW, las del Comité de protección a los niños, y aquellas relacionadas con el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de Derechos económicos, sociales y culturales.
Unión Afirmativa insiste en dejar constancia que durante más de 20 años, bajo el gobierno de Hugo Chávez y de Nicolás Maduro, no se ha llevado a cabo ninguna acción que permita a las personas LGBTI disfrutar de sus derechos humanos en igualdad de condiciones al resto de la población, lo cual en sí mismo es una violación de DDHH por inacción y omisión.
En los proximos dia se dara en Ginebra la sesion final de adopcion de recomendaciones del EPU por parte del Estado venezolano.
[1] Recomiendan a Venezuela prevenir todas las formas de discriminación. https://www.unionafirmativa.org.ve/incidencia/recomiendan-a-venezuela-prevenir-todas-las-formas-de-discriminacion/
[2] La CIDH llama al Estado de Venezuela a garantizar los derechos de las personas LGBTI. https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2021/235.asp